Los ficheros de morosos

PROTECCIÓN DE DATOS.- Estos son los requisitos para incluir a una persona física en un fichero de morosos:

- Que los datos hayan sido facilitados por el acreedor o por quien actúe en su nombre.

- Que exista una deuda cierta, vencida y exigible con una cuantía superior a 50 euros.

- Que la deuda no haya sido objeto de reclamación administrativa o judicial por el deudor.

- Que el acreedor haya informado al afectado en el contrato o en el momento de requerir el pago sobre la posibilidad de su inclusión en esos ficheros.

- Que la entidad que gestiona los ficheros, notifique al afectado la inclusión de esos datos.

- Que los datos solo se mantengan mientras persista el incumplimiento con el límite máximo de cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria, financiera o de crédito.