Indemnización por tratamiento de datos personales
PROTECCIÓN DE DATOS.- El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia acerca de las infracciones del Reglamento General de Protección de Datos y las indemnizaciones como consecuencia del tratamiento de datos personales sin consentimiento. Se confirma la exigencia de que exista una infracción, un daño y relación de causalidad entre ambos para poder ser indemnizado. El TJUE destaca la necesidad de acreditar el daño, pero no exige un umbral de gravedad para determinar la indemnización por daños y perjuicios. Asimismo, señala que la cuantificación de la indemnización queda a cargo del ordenamiento jurídico interno de cada Estado miembro, respetando los principios de equivalencia y efectividad del Derecho de la Unión Europea.